domingo, 26 de mayo de 2024

"Los animales no son objetos que se puedan abandonar o sacrificar libremente, son seres sintientes".

 'DEJANDO HUELLA'

"Los animales no son objetos que se puedan abandonar o sacrificar libremente, son seres sintientes"

Charlamos con José Ramón Becerra, director general de los Derechos de los Animales, para despejar las dudas acerca de la Ley de Protección de los Derechos y el Bienestar de los Animales de 2023

José Ramón Becerra, director general de Derechos de los Animales.

¿Qué castigo supone abandonar un perro o gato? ¿Qué significa abandonar? ¿La Ley me obliga a castrar a mi gato y/o perro? ¿Los titulares de animales de compañía van a tener que realizar un curso obligatorio de tenencia responsable? ¿Cómo será este curso? ¿Hay que contratar un seguro especial de responsabilidad civil frente a terceros?

 

Desde de que entró en vigor la Ley de Protección de los Derechos y Bienestar de los animales de 2023, hay confusión y dudas sobre algunos puntos de su contenido. El Confidencial ha entrevistado al Director General de los Derechos de los Animales del Ministerio de Derechos Sociales, Consumo, y Agenda 2030, José Ramón Becerra, para arrojar luz sobre la situación legal actual de las mascotas en España.

 

PREGUNTA. ¿Cómo y cuándo se tomó conciencia de que los animales tenían derecho a tener derechos?

 

RESPUESTA. La consideración de los animales como un ser sintiente y, por lo tanto, digno de ser objeto de un nivel de protección específico, es fruto de la evolución que se ha producido en las últimas décadas en la sociedad española. Ese cambio de percepción se convierte en una demanda ciudadana mayoritaria que toma cuerpo en la Ley de Bienestar Animal aprobada el año pasado en el Congreso.

 

P. ¿Qué es lo más importante y novedoso que trajo la Ley de Bienestar Animal?

 

R. Además de esa nueva concepción del animal de compañía como ser sintiente, quizás el principal avance de esta Ley es que el abandono ya no solo se circunscribe a dejar a un animal a su suerte en la vía pública; a partir de la promulgación de la Ley 7/2023, en España se puede considerar que un animal está abandonado cuando la persona responsable o titular no atiende sus necesidades básicas de cuidados y alimentación, incluso aunque se encuentre en el interior de un recinto o finca privada.

Una mujer besa a su perro. (iStock)

P. Nos puede, por favor, enumerar tres cosas fundamentales que los cuidadores de mascotas deben saber para no infringir la Ley.

 

R. Quien sea titular de un animal de compañía debe saber que: primero, ese animal no es un objeto que se pueda abandonar, desechar o sacrificar libremente, es un ser sintiente por cuyo bienestar velan las administraciones públicas; en segundo lugar, ese animal tiene unas necesidades de cuidados sanitarios, alimentación y ejercicio que deben de ser atendidas por el titular; y, por último, la posible reproducción de ese animal es un proceso que requiere de unos permisos y unos controles administrativos, para evitar el abandono, el maltrato o la muerte de las camadas de cachorros.

 

P. ¿Cree usted que la agresividad de un perro que hace parte del listado de perros potencialmente peligrosos (PPP), tiene que ver más con su educación que con su raza?

 

R. En esta Dirección General de Derechos de los Animales estamos convencidos de que los mal llamados "perros potencialmente peligrosos" merecen una oportunidad de ser considerados como cualquier otro animal de compañía, y por eso estamos trabajando en una nueva regulación que valore sus requerimientos de manejo especial en función de su comportamiento, y no de su raza, como ha sucedido hasta la fecha.

 

P. La Ley contempla la esterilización de gatos, que es obligatoria. ¿Qué visión tiene de la esterilización de perros?

 

R. Como ya he comentado, la reproducción de los perros ha de ser regulada para prevenir las altas tasas de abandono y/o muerte de cachorros que se dan en nuestros pueblos y ciudades.

 

La clave no es prohibir la reproducción, sino asegurarnos de que los titulares de los perros actúan de forma responsable y respetuosa con el bienestar de los animales que se encuentran a su cargo.

 

"El abandono de animales de compañía es una infracción grave que está penalizada con multas de hasta 50.000 euros"

 

P. ¿Qué castigo contempla la Ley para un cuidador que se demuestre que ha abandonado a su mascota?

 

R. El abandono de animales de compañía es una infracción grave que está penalizada en la Ley de Bienestar Animal con multas de hasta 50.000 euros.

 

P. La Ley contempla que las familias con animales de compañía o aquellas personas que quieran tener gatos y perros por primera vez realicen una formación obligatoria. ¿Cuándo entrará en vigencia este punto?

 

R. Actualmente estamos trabajando en la redacción del Real Decreto que desarrollará la Ley en esta materia, y esperamos que un primer borrador pueda ver la luz hacia el verano.

 

P. ¿Cómo será este curso? ¿Será online? ¿Gratuito? ¿Hay que estudiar?

 

R. El objeto del curso de formación es dar a los nuevos titulares de los perros unos conocimientos básicos en materia de tenencia responsable, que les permitan conocer mejor cuáles son las implicaciones que conlleva ser titular de un perro. Por supuesto, queremos que el curso sea gratuito y estamos trabajando para que exista una plataforma pública de impartición online.

 

P. ¿Qué se quiere enseñar en este curso? ¿Qué tipo de cosas tendría que saber un titular de animales de compañía?

 

R. La finalidad última del curso es mejorar el nivel de conocimiento y sensibilización de la sociedad española en lo que significa y exige tener un perro, para reducir las altas tasas de abandono y los problemas de convivencia que se puedan producir.

 

Quien aspire a tener un perro debe de saber que ese animal tiene unas necesidades distintas según su raza, también tiene un carácter que exige unas pautas de educación y manejo por parte del titular… que un animal de compañía no es una cosa, ni es un juguete, y que las expectativas inadecuadas sobre tu animal suelen estar detrás de muchos de los casos de abandono que se detectan en los centros de recogida.

 

"Considero que 'titular' es más respetuoso que 'dueño', el animal no es una simple pertenencia; es un miembro más de la familia"

 

P. Con el cambio de la visión sobre los animales, el lenguaje también ha cambiado. Hay gente que no le gusta la palabra 'mascota', 'dueño' está mal visto... ¿Usted qué tipo de lenguaje utiliza?

 

R. Creo que la palabra 'mascota' no recoge todo lo que un animal de compañía nos puede dar a las personas: cariño, acompañamiento, bienestar mutuo, felicidad… Y, por otra parte, considero que 'titular' es más respetuoso que 'dueño', en el sentido de que el animal no es una simple pertenencia. Para la inmensa mayoría de las personas que tienen la suerte de ejercer la tenencia responsable de un animal de compañía, es uno más en la familia.

 

P. ¿Nos va a tocar a todos los titulares de animales de compañía contratar un seguro de responsabilidad civil frente a terceros?

 

R. De momento, esa obligatoriedad tan solo se ha establecido para los titulares de perros. Tengamos en cuenta que en nuestras calles y plazas hay más de nueve millones de perros, con todo lo que ello implica de cara a posibles accidentes, problemas de convivencia o cualquier otro infortunio que pudiera suceder con personas, animales o bienes de terceros. Tener un seguro, ya sea exclusivo o dentro de la cobertura del seguro del hogar, nos puede evitar muchos disgustos de cara al futuro.


No hay comentarios:

Publicar un comentario